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No, padre Chucho, no es persecución religiosa

Colombia es un Estado laico. Eso significa que ninguna religión puede recibir tratamiento especial y que nadie puede violar las normas por el hecho de pertenecer a una religión, tener creencias religiosas, ser líder religioso, o tener muchos feligreses.

Desde octubre de 2015, los ateos de Bogotá han solicitado algo muy sencillo: que el sacerdote Jesús Hernán Orjuela, alias padre Chucho, respete las leyes como le corresponde a cualquier otro ciudadano. Por ley, está prohibido usar parques vecinales para ritos religiosos, y aunque tener una religión no es excusa para violar la ley, parece que Orjuela cree lo contrario — hace unos años dijo muy gallito en Noticias Uno que él estaba por encima de la ley.

En octubre los ateos de Bogotá hicieron un plantón pacífico al que el padre Chucho respondió incitando a sus feligreses a la violencia (luego mintió en los medios de comunicación, culpando de la violencia a los ateos, y se inventó a la secta de Gokú). Cualquier persona medianamente interesada en la verdad puede revisar los videos y los informes de Medicina Legal. La Policía, además, arrestó a los manifestantes pacíficos en vez de protegerlos de la turba de creyentes.

Unas semanas después hubo una conciliación en la Alcaldía, donde Orjuela solicitó que permisos para violar la norma que establece los usos de los parques vecinales. No le dieron el permiso y Orjuela prometió (por segunda vez) dejar de hacer misas en el parque de Castilla. Violó su propia palabra en Navidad y en la Semana ‘Santa’ 2016.

A pesar de tener prohibido mentir, es como si hubiera un vacío legal en los Mandamientos católicos, que lo permita cuando se hace para alquilar sillas en espacio público y así incrementar los fondos de la parroquia. (¿No era eso un delito? En fin…)

Si bien Orjuela puede quebrantar los Mandamientos a los que juró dedicar su vida —y cuenta con la complicidad de la Diócesis de Fontibón, que ignora convenientemente los abusos de su párroco—, no puede hacer lo mismo con las muy terrenales leyes colombianas. El IDRD estableció que los parques no son para ritos religiosos y, ya que en Colombia opera el imperio de la ley (al menos en teoría), el señor Orjuela, o padre Chucho, no puede hacer misas en ningún parque de Bogotá.

Como Orjuela siguió violando la norma como si se tratara de Mandamientos católicos, se interpuso una acción de tutela. La sentencia de segunda instancia defendió el laicismo:

2. SE ORDENA a la Diócesis de Fontibón, a la Parroquia Jesús Amor Misericordioso y al señor Jesús Hernán Orjuela Pardo, que se abstengan de realizar eventos que convoquen numeroso público en el Parque de Castilla, hasta tanto obtengan los permisos respectivos otorgados por las autoridades distritales.

3. SE ORDENA a la Alcaldía Mayor de Bogotá, a la Alcaldía Local de Kennedy, al Departamento Administrativo para la Defensoría del Espacio Público, al Instituto Distrital de Recreación y Deporte, a la Secretaría Distrital de Ambiente, a la Secretaría de Movilidad y a la Policía de Tránsito de Bogotá, cada uno dentro de sus competencias, que procedan a dar aplicación a las normas sobre uso del espacio público, especialmente en materia de parques y, en consecuencia, deberán estudiar la solicitud de permiso que eventualmente presenten la Diócesis de Fontibón, la Parroquia Jesús Amor Misericordioso y/o el señor Jesús Hernán Orjuela Pardo para la realización de eventos en el mencionado Parque de Castilla. De ser procedente el permiso, en los términos de los Decretos 456 y 599 de 2013, según el caso, deberán verificar que en la realización de tales eventos se cumplan las normas sobre niveles de ruido, ambientales, de seguridad y demás normas pertinentes, dando prevalencia en todo caso, a los derechos de los niños y a su derecho a la recreación y uso del parque. De ser negado el permiso, deberán velar porque se haga efectiva esa decisión.

4. SE ORDENA la desvinculación de esta acción de la Personería de Bogotá, pero se insta a dicha entidad a que, en ejercicio de sus funciones y competencias, haga seguimiento del cumplimiento de esta sentencia.

La Asociación de Ateos de Bogotá (AAB) y la corporación Bogotá Atea manifestaron su satisfacción con el fallo. A mí también me complace, aunque no entiendo por qué el juez instó a que los religiosos pidan permiso para hacer las misas campales, cuando está prohibido por la norma.

Ahora, Orjuela dijo que es persecución religiosa. No lo es. Si los sikhs, los hare krishna, los budistas o los satánicos se tomaran un parque para hacer sus rituales, pueden estar seguros que los defensores del Estado laico estaremos ahí para hacer cumplir las leyes. Porque de eso se trata finalmente: que todos cumplamos las leyes.

No es nuestra culpa que la Iglesia Católica se haya acostumbrado a un privilegio religioso que caducó en 1991 y del que han gozado inconstitucionalmente por más de 25 años. Bienvenidos a la igualdad.

Adenda: Muchas veces cuando la Corte Constitucional hace algún progreso en derechos sociales, librando nuestra política pública de la influencia religiosa (como debe ser), la Iglesia disfraza su intolerancia con los ropajes de la preocupación democrática, alegando que la Corte se está extralimitando en sus funciones. Si están tan preocupados por la democracia, ¿cuándo veremos que renuncian a su privilegio religioso motu proprio? Porque hasta ahora, para hacer que respeten las normas, ha tocado a la malditasea, a punta de sentencias judiciales. Y estamos más que dispuestos a seguir en esto, pero al menos tengan la decencia de dejar de disfrazarse de demócratas. Un demócrata no envía a una turba de fieles a atacar a manifestantes pacíficos, ni promete dos veces dejar de hacer misas en parques para seguirlo haciendo.

Adenda 2: Kudos para la Asociación de Ateos de Bogotá y Bogotá Atea, que han liderado la defensa del Estado laico en este caso, e hicieron prevalecer las leyes, contra viento, marea y uno de los dioses más sanguinarios jamás inventados.

(imagen: Kien y Ke | una versión de este artículo fue publicada primero en El Tiempo)

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Publicado en De Avanzada por David Osorio

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