Hoy se realizó el foro Estado Laico y Libertad de Cultos en Colombia, promovido por la representante a la Cámara Angélica Lozano — el sólo hecho de poder tener una discusión en el Congreso sobre laicismo es un hito en sí mismo.
Y el de hoy es doblemente importante porque los ateos pudimos ser escuchados en el Foro — Bogotá Atea fue invitada como panelista (y de hecho, transmitió el foro por streaming).
Las palabras en defensa del laicismo estuvieron a cargo de mi amigo Ferney Rodríguez (e incluyen una que otra sugerencia de este servidor). Esta fue su intervención:
Buenos días a todos los presentes. Es un honor poder participar en este foro. Quiero agradecer muy especialmente a la representante Angélica Lozano por la organización de esta primera audiencia pública sobre laicismo en el Congreso de la República.
Se esperaría que un tema tan importante como el laicismo para un Estado social de derecho sea entendido por sus funcionarios públicos. No obstante, esto no es así en Colombia. Daré unos pocos ejemplos que ilustran esta desinformación. Por ejemplo el exsenador por el Partido de la U Charles Schultz y ahora director de Confederación Colombiana de Libertad Religiosa, Conciencia y Culto (Confelirec), ha afirmado en varios escenarios que Colombia no es un Estado laico, sino uno aconfesional, por el hecho de mencionar la protección de dios en el preámbulo de la Constitución. En otro caso, en mayo del 2013 se pudieron ver en la Plaza de Bolívar varias pancartas que decían “El Estado es laico, no ateo”. La manifestación era de cristianos evangélicos que se oponían al matrimonio de parejas del mismo sexo. Los mensajes de este plantón fueron organizados por políticos como Clara Lucía Sandoval y Marco Fidel Ramírez. Otro ejemplo es la declaración de Ilva Miriam Hoyos, actual procuradora para la infancia y la adolescencia, quien en un foro en España en 2004, uno similar a este, sobre laicismo y libertad religiosa afirmó que “La laicidad es un hecho peligroso”.
Los anteriores ejemplos nos muestran que es necesario aclarar qué es y que no es el laicismo, así como su importancia en una sociedad democrática, plural y libre.
Quiero dejar claro que Colombia sí es un estado laico. Esto lo ratificó la Corte Constitucional en la sentencia C-350 de 1994 en la que se declaró inconstitucional la consagración de Colombia al Sagrado Corazón de Jesús. Esta naturaleza laica significa la separación de la política y la religión, la separación del Estado y las iglesias, incluso de la religión que esté más extendida. Esto no quiere decir que el Estado sea ateo, significa que el Estado es neutral frente a toda confesión de fe, no exalta, favorece o promueve a ninguna de ellas o a un grupo de ellas. En ese ambiente de neutralidad estatal es posible practicar y profesar cualquier fe, o no tener una, sin que el Estado intervenga a favor de una cosmovisión o una visión moral particular.
El sociólogo francés Jean Baubérot ha explicado que el laicismo tiene tres condiciones, a saber:
(1) El respeto a la libertad de conciencia y de convicción;
(2) La autonomía de las instituciones del Estado frente a las de la religión, y viceversa; y
(3) La igualdad de las religiones y de las convicciones individuales y colectivas.
Ya teniendo claro que Colombia es un Estado laico y que por lo tanto el Estado debe ser neutral, debo llamar la atención al hecho de que esta neutralidad se viola en muchas instituciones de nuestro país. Señalaré cuatro campos con tareas incumplidas en cuanto a la laicidad estatal.
El primer campo es el simbólico. Es importante recalcar que el Estado con sus acciones está exaltando las convicciones de un grupo de ciudadanos sobre las de los demás. En actos públicos en los que se privilegia un rito, un clérigo o una simbología religiosa se está mandando el mensaje a la ciudadanía de que hay un culto que tiene privilegios en el Estado. Si miramos, por ejemplo, la realización del Te Deum, en el día de la independencia, un rito de naturaleza católica y que tiene la asistencia del Presidente de la República y los más altos dignatarios del Estado, se está justamente exaltando desde lo público, desde lo gubernamental a la Iglesia Católica, por encima de las demás religiones y cosmovisiones. Actos como estos, nos muestran que aún Colombia debe entender que ya no estamos en la Constitución de 1886 que consagraba al catolicismo como la religión oficial. Ahora, esto no solo ocurre con los Te Deums de cada año, sino también en actos de posesión presidencial y a nivel municipal en cientos pueblos de Colombia.
Este año tuvimos un caso muy particular en la Policía Nacional. El día de la ‘Virgen’ del Carmen se vistieron los carros, camionetas y buses de la Policía con banderas de la ‘Virgen’, con globos blancos y azules, se montó una imagen de la ‘Virgen’, se hizo procesión y las fotografías luego compartidas por redes sociales.
El mensaje dado a la ciudadanía, nuevamente fue que el Estado tiene en una primera categoría al culto católico, sobre las demás creencias. Aquí no hay neutralidad alguna. En la Carta magna se establece que todos los cultos son iguales ante la ley, pero en la práctica el catolicismo sigue teniendo privilegios de todo tipo.
El coronel Henry Armando Sanabria, subdirector de Sanidad de la Policía Nacional al preguntársele por la presencia de la imagen de una ‘Virgen’ en el edificio de la DISAN nos respondió justificando la presencia de estas imágenes:
Sugiero revisar la doctrina de las iglesias ortodoxa, copta, armenia, algunas sectas protestantes como el luteranismo y la religión islámica, la cual profesa un especial celo y amor por la ‘Virgen’ María, a quien el profeta Mahoma consideraba superior a su hija Fátima.
Ahora, quiero plantear hipotéticamente si la Policía Nacional estaría igualmente dispuesta a hacer una procesión ya no con la imagen de la ‘Virgen’, sino con la de Krisna o una representación de la Pacha Mama, o de Monesvol. O si permitiría en su Dirección de Sanidad poner símbolos de otras religiones junto a la enorme cruz erigida con miras a la calle 50.
Por otra parte cabe preguntarse ¿qué necesidad tiene la Policía Nacional de unirse a una procesión religiosa? ¿Hace eso parte de sus funciones? ¿Es tarea de la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional construir altares y cruces gigantes en los predios de su sede?
Al respecto la Corte Constitucional ha sido clara sobre las actividades estatales:
La neutralidad estatal comporta que las actividades públicas no tengan fundamento, sentido u orientación determinada por religión alguna —en cuanto confesión o institución—, de manera que las funciones del Estado sean ajenas a fundamentos de naturaleza confesional. En este sentido, la igualdad no se logra motivando las funciones estatales con base en intereses de todas las religiones por igual —algo, por demás, de imposible realización en la práctica—, pues esta pretendida igualdad, en cuanto vincula motivos religiosos en las actividades estatales, sería diametralmente contraria al principio de secularidad que resulta ser el núcleo del concepto de laicidad estatal y, de su concreción, el principio de neutralidad.
El segundo campo con tareas pendientes es el educativo estatal. En el caso de colegios públicos se tiene que la asignatura de religión, la cual es un área obligatoria por la ley 115 de 1994, está siendo usada en no pocas instituciones públicas para promover o favorecer el catolicismo. Por ejemplo en el “Plan de Estudios de las Instituciones Educativas del Municipio de Sabaneta” se puede leer:
Es de resaltar que se desarrollan contenidos, según la estructura conceptual de los programas curriculares que presenta la Conferencia Episcopal Colombiana. En dichos contenidos del área, se hace un recorrido del ser humano por el mundo, de la relación con Dios, del encuentro con su palabra.
Entiéndase por “su palabra” como la Biblia, la cual es enseñada como verdad incuestionable.
En los estándares de grado cuarto de primaria se puede leer: “Relaciona la vocación y misión de la ‘Virgen’ María con la de Jesucristo”. Este otro estándar está señalado para el grado sexto “Da razones por las cuales Jesús es a la vez Dios y Hombre”. Y este otro en noveno: “Utiliza las enseñanzas bíblicas en la vida cotidiana y las conversaciones sobre temas morales”.
Este documento lo pueden encontrar en Internet. Y como este caso, hay muchos colegios por todo el país en los que las clases de religión son usadas para promover el catolicismo o el cristianismo en una presentación del catolicismo + protestantismo. Estas acciones unidas a otras, como abrir espacios para la preparación de la primera comunión o la confirmación, no van en línea con la neutralidad que debe tener el Estado frente a toda religión.
Un caso actual se está dando en el Instituto Técnico Superior Dámaso Zapata de la ciudad de Bucaramanga. Este colegio público afirma que es un colegio de naturaleza católica por haber sido administrado hasta hace poco por los hermanos lasallistas.
En esta institución un estudiante ateo de bachillerato ha tenido dificultades por no ingresar a la clase de religión. El chico no desea entrar porque los logros están orientados a aceptar doctrinas teológicas. Por ejemplo un logro para el grado cuarto de primaria en ese colegio es “Reconoce a Jesucristo como su salvador personal”. El estudiante decidió no volver ingresar a la clase amparándose en el artículo 68 de la Constitución que dice que “En los establecimientos del Estado ninguna persona podrá ser obligada a recibir educación religiosa”. No obstante, en este momento el estudiante ha sido llamado a habilitar la asignatura de religión por no alcanzar sus logros.
El área de religión, que en muchos países con tradición laica como Francia o Uruguay no existe en el pensum, no puede ser un espacio para adoctrinar. Debe ser un espacio para presentar todas las religiones y la opción de la no creencia de manera libre, igualitaria y sin buscar proselitismo o favorecimiento religioso alguno.
Otro aspecto en lo educativo es la presencia de símbolos que favorecen o dan el mensaje de primera categoría al culto católico, como la presencia de ‘vírgenes’, cristos, crucifijos en los planteles oficiales y la realización de misas en los espacios y horas de clase.
Por otra parte, no son pocos los estudiantes y docentes no religiosos, sean estos agnósticos, ateos o creyentes no vinculados a ninguna iglesia, que nos han manifestado actuaciones discriminatorias por parte de directivas escolares. Por ejemplo, un docente del municipio de Colombia en el Huila nos manifestó que debe mantener sus opiniones en silencio por temor de ser afectado en su evaluación de desempeño y contó que varios padres evangélicos han solicitado al docente de biología de esa institución que no enseñe la evolución por afectar, según ellos, las convicciones religiosas de un gran número de estudiantes.
En todos estos casos, es necesario recordar la sentencia C-350 de 1994 en la que se dice:
El carácter más extendido de una determinada religión no implica que ésta pueda recibir un tratamiento privilegiado de parte del Estado, por cuanto la Constitución de 1991 ha conferido igual valor jurídico a todas las confesiones religiosas, independientemente de la cantidad de creyentes que éstas tengan.
[…]
No puede ser el papel del Estado promocionar, patrocinar, impulsar, favorecer o realizar cualquier actividad de incentivo respecto de cualquier confesión religiosa que se practique en su territorio.
Aquí hay un trabajo muy importante por realizar por parte del Ministerio de Educación Nacional y el Legislativo colombiano.
El tercer campo con tareas pendientes es el de los debates legislativos que incluyen temas morales.
Recordemos que el Estado está para todos los ciudadanos, sin importar su creencia, sexo, orientación sexual o condición física. Por eso el Estado debe analizar las realidades sociales y materializar el derecho de la igualdad para todos los ciudadanos sin que se imponer dogmas religiosos en cuestiones civiles.
En este punto voy a citar al abogado y docente Rodolfo Mantilla Jácome quien dice:
El Laicismo se soporta sobre la plataforma amplia y generosa de la tolerancia, lo que significa que es uno de los más importantes instrumentos de convivencia pacífica entre los seres humanos. Esta precisión es necesario hacerla para expresar la naturaleza y significado del laicismo, que pregona la posibilidad cierta de que todos los seres humanos puedan vivir en común, sin exclusiones, persecuciones ni marginamientos, sin importar sus creencias religiosas o planteamientos filosóficos, en un Estado que cultiva una moral sin dogma.
Justamente esta moral sin dogma o sin signo religioso o denominacional alguno es lo que debe primar en los análisis de temas como la interrupción voluntaria del embarazo, la eutanasia, la legalización de la marihuana, el matrimonio entre parejas del mismo sexo y la adopción homoparental, entre otros.
Los datos científicos y un análisis desde el punto de vista de los derechos humanos y de la salud, son los que deben guiar la discusión de los temas ya planteados.
Pero infortunadamente, tenemos a muchos funcionarios públicos queriendo legislar con el catecismo o con el libro del Levítico de la Biblia antes que con la Constitución Nacional.
Por esto es lamentable, tremendamente lamentable, que la Procuraduría General de la Nación haya creado listados de mujeres que buscan abortar o lo han solicitado, listados de parejas del mismo sexo que desean casarse para enviar a un delegado judicial para impedir sus bodas. Esto es inaudito: ¡que la entidad encargada por velar por los derechos de los ciudadanos sea la primera en buscar anular matrimonios civiles!, óigase bien, civiles no religiosos, en lugar de proteger sus libres y autónomas decisiones es inadmisible! La Procuraduría en cabeza de Alejandro Ordoñez, con Andrés Balcázar e Ilva Myriam Hoyos, quien dijo que “la laicidad es un hecho peligroso”, han llevado a esta institución a ser más cercana a un tribunal de Inquisición que el ente defensor de los derechos de todos los ciudadanos.
Sentencia tras sentencia de la Corte Constitucional en materia de aborto, de matrimonio igualitario, adopción homoparental han sido objeto de solicitud de nulidad por parte de la Procuraduría. De la acción inquisitorial del Ministerio Público no se salvó ni la sentencia que pidió honrar la memoria de Sergio Urrego, el chico conducido al suicidio por el acoso de las directivas de su colegio católico por ser homosexual, ateo y anarquista. El Procurador General explicó su acción de nulidad diciendo que “Es un atentado contra el derecho que tienen los colegios que han optado por una doctrina o concepción de vida y eso está protegido por la Constitución”. También dijo que “la Corte Constitucional está imponiendo como política de estado la ideología de género para adoctrinar a nuestros hijos, eso es un aspecto que no puede pasar impune”.
Pero aquí la única imposición es la del Procurador y su guardia pretoriana, que no entienden o no quieren aceptar la laicidad del Estado colombiano. El matrimonio homosexual o el aborto no serán obligatorios para todos los colombianos. Serán decisiones libres y consientes, en los términos establecidos por la Honorable Corte Constitucional, para los ciudadanos que así lo determinen. Lo contrario, imponer un modelo de familia o proteger solo uno de ellos, u obligar llevar a término un embarazo en circunstancias de grave malformación fetal, riesgo de vida de la madre o violación es una imposición, que es más propia de un credo fundamentalista y ortodoxo que de un estado libre, plural, y laico.
Quienes no entienden la separación entre Estado e iglesias buscan ahora referendos para poner en consideración las oportunidades de minorías, hablan ahora de objeción de conciencia institucional para evitar cumplir con el fallo sobre despenalización parcial del aborto y buscan alianzas entre diferentes credos para mantener el prejuicio y la discriminación hacia gays, lesbianas, bisexuales, transexuales e intersexuales.
Por esto no es de extrañar que sean precisamente los líderes políticos venidos de las iglesias, como la senadora Viviane Morales, Marco Fidel Ramírez, Clara Lucía Sandoval, entre otros, quienes proponen o impulsan el referendo para evitar que parejas del mismo sexo puedan adoptar menores abandonados. No entienden o quizá, no desean comprender, que en una democracia no se puede aplastar a las minorías poniendo a consideración sus derechos. De ser así, hoy no habría libertad de cultos, ni voto femenino. En 1864 el Papa Pío IX condenó los 80 errores modernos. Entre esos estaban la libertad de cultos, la de prensa, el matrimonio civil, entre otros. Si estas libertades hubieran sido puestas a consideración por referendo aún viviríamos con poquísimas libertades.
El laicismo implica alejar los moralismos religiosos de todo dogma religioso. Por un momento consideren cómo reaccionarían si en un hospital público empezaran a negar transfusiones de sangre porque los testigos de Jehová consideran esta práctica como inmoral. La diversidad y subjetividad de las morales religiosas conllevan a que el Estado deba optar por la neutralidad y aceptar tan solo la evidencia científica al analizar casos como los anterioremente mencionados.
El cuarto aspecto con tareas pendientes en el laicismo es el presupuestal.
Se ha dicho que el líder de la Iglesia Católica vendrá a Colombia y en su visita se destinarán dineros públicos. Algunos funcionarios del Estado han justificado este gasto del erario diciendo que es por la paz de Colombia, que Francisco vendrá a orar por la paz. En ese orden de ideas, ¿no deberían traer al país también para orar por la paz al Presidente de los mormones, al de los adventistas, al Dalái Lama o al fundador del pastafarismo? ¿Por qué desde los actos simbólicos se sigue privilegiando, exaltando y colocando en primer rango al catolicismo?
En muchos municipios se destinan dineros públicos para la celebración de la ‘Virgen’ del Carmen, hacer novenas, rosarios y misas. Cada vez son más las ciudades que desde sus concejos municipales aprueban festivales de música góspel, que son aprobados como género musical, pero que en realidad son festivales de música de contenido evangélico en el que sus grupos y letras deben obedecer a la doctrina evangélica.
Con dineros públicos se pagan capellanes católicos, como el de la Universidad Nacional o se hacen descuentos por derecha, sin autorización previa de los militares para mantener una Vicaría castrense.
La neutralidad estatal implica que no se pueden destinar dineros públicos para realizar actos religiosos de ninguna iglesia. No importa si son actos de alabanza con música góspel o Te Deums católicos. El Estado, sus instituciones y funcionarios deben tener en cuenta que los recursos públicos deben tener un destino diferente al de sostener o promover cultos.
En este punto voy a hacer una analogía. Cuando a un buen estudiante se le otorga una beca se le está recompensando económicamente y a la vez exaltando frente a sus pares. Una beca es una exención de pagos. Pues bien, las iglesias tienen exención de impuestos y de declaración de renta. De esta manera el Estado las está privilegiando económicamente. Esta exención ha llevado a que las solicitudes de personerías jurídicas para las iglesias sean en promedio una diaria y el patrimonio de las Iglesias sobrepasa ya los 9,7 billones (millones de millones) de pesos.
En un país donde cada año se reducen los fondos para la ciencia y la cultura debería pensarse si con la exención de impuestos a las iglesias se está privilegiando la actividad religiosa sobre otras actividades como las científicas y las culturales.
Para el 2016 los Ministerios de Ambiente y Cultura, y Colciencias, recibirán un 20% menos de recursos respecto al 2015. Ciudades como Bogotá carecen de un Museo de Historia Natural mientras que capitales como Buenos Aires o México D.F. lo tienen. Es importante la necesidad de que todas las iglesias presenten declaraciones de ingresos y que paguen impuestos para subsidiar campos desamparados y cenicientas del Estado como la ciencia, la cultura y la protección ambiental.
El debate de levantar la exención de impuestos a las iglesias se ha iniciado en España y los Estados Unidos. Incluso en este último país, se pierde la exención cuando una iglesia entra en actividad proselitista política, ya que raya con el imperativo constitucional de separación entre Iglesias y Estado. Aquí en Colombia tenemos varias iglesias que usan el púlpito para impulsar a candidatos propios y extraños, sin que esto genere mayor sobresalto.
La religión es una cuestión individual, no del Estado, así que cada creyente debe estar en la obligación de sostener su credo, sin que privilegios fiscales terminen haciendo que los cultos sean ayudados indirectamente por todos los ciudadanos.
Quiero concluir diciendo que el laicismo no es un elemento anexo o decorativo de una sociedad democrática y plural. Es un elemente esencial. La ausencia del laicismo es la ausencia de las libertades, de la razón misma para expresarse y vivir en un estado garante de las libertades.
Cada una de estas violaciones al laicismo (y todas las demás que no he mencionado) discriminan desde el Estado a los colombianos que no tenemos las mismas convicciones religiosas que el señor Procurador o la senadora Viviane Morales, ponen en una segunda categoría a quienes no seguimos la religión mayoritaria y atentan contra derechos civiles fundamentales de mujeres, sectores LGBTI, de ateos, agnósticos y minorías religiosas.
¿Qué piensa hacer el Congreso para que se empiece a respetar el laicismo? Hay una deuda moral con la democracia.
Muchas gracias.