La Corte Constitucional ratificó la ley de la ‘madre’ Laura el 4 de diciembre.
Pues ya publicaron comunicado de ese día y se pueden ver los intríngulis que llevaron a la sentencia (que, para futuras referencias, es la C-948/14).
Los salvamentos y aclaraciones de voto permiten hacerse una idea de cómo fue la discusión. Las intervenciones de los magistrados María Victoria Calle Correa, Luis Ernesto Vargas Silva y Jorge Iván Palacio Palacio salvaron el día, pues sus colegas conservadores querían dejar intacto ese esperpento de ley que perpetuaba el privilegio religioso.
Al respecto, voy a refutar esos ‘argumentos’. En el comunicado mencionan primero al magistrado Gabriel Eduardo Mendoza Martelo, así que empezaremos con él:
Señaló que en su criterio, el carácter pluralista del Estado colombiano consagrado en el artículo 1º de la Constitución implica asumir una postura tolerante y respetuosa frente a personajes de carácter histórico que si bien pueden tener implicaciones de tipo religioso, no se agotan o limitan a éstas, razón por la cual su exaltación o reconocimiento no puede asumirse como vulneratorio del principio de neutralidad estatal que rige las relaciones Iglesia – Estado dentro de un Estado laico.
Ohh, Mendoza falta gravemente a la verdad. Es cierto que la Constitución implica una postura tolerante frente a personajes históricos independientemente de sus implicaciones de tipo religioso. Y la palabra clave es “independientemente“, porque la ley de honores que el señor Mendoza quiso justificar, fue promulgada debido a la canonización de Laura Montoya.
Por lo que la ley sí vulnera el Estado laico. Otro sería el caso si la ley no se hubiera propuesto en el marco de la canonización — ¿qué pitos nos importa a los no católicos si los correligionarios de Montoya le dieron un premio póstumo? Sus cosas son problema de ellos, y no tienen por qué trascender a la política pública.
Pero Mendoza no estuvo solo en su defensa de la malversación de recursos públicos en la promoción religiosa. A él se sumó Jorge Ignacio Pretelt Chaljub quien llevó lo absurdo del caso a un nuevo nivel. Según el comunicado, además de repetir la falacia de Mendoza, Pretelt sugirió otras de su propia cosecha:
De igual manera, señaló que la declaratoria de inexequibilidad de algunas disposiciones por su relación con la religión católica, es un acto discriminatorio y contrario al pluralismo que debe primar en un Estado Social de Derecho. En efecto, la jurisprudencia constitucional ha admitido que ciertas manifestaciones religiosas hacen parte del patrimonio cultural de una Nación, y por tanto, es función del Estado protegerlos. De igual manera, exaltar la memoria de la Madre Laura, lejos de desconocer algún postulado constitucional, conmemora la vida de una persona que promovió el pluralismo, y que mucho tiempo atrás reconoció y defendió los derechos de los pueblos indígenas.
¿Católicos discriminados en Colombia? Pobre Pretelt, debe sentirse perseguido en este país lleno a rebosar de ateos… ohh, wait!
Dejando de lado el disparate de que un católico pueda ser discriminado en Colombia por su religión, el ‘argumento’ de Pretelt parece pegado con babas. Sí, claro, la Corte —en uno de sus numerosos errores— dijo que hay manifestaciones religiosas parte del patrimonio cultural del país que deben ser protegidas, pero cualquiera que sea el patrimonio que la señora Montoya pudo haber dejado no se encuentra en peligro de desaparecer en el corto o mediano plazo como para que haya que protegerlo haciendo uso de la política pública y con dinero de los contribuyentes (que no todos son católicos).
Por otra parte, siguiendo la propia línea jurisprudencial de la Corte, adoctrinar indígenas en el catolicismo no es pluralista ni defender sus derechos — por el contrario, es algo bastante racista.
Ahí están, esos son los enemigos del laicismo dentro la Corte y estoy casi seguro que argumentarán de manera similar cuando debatan la segunda demanda contra la ley de la ‘madre’ Laura.
(vía Miguel Ángel Garcés | Imagen: Bradley N. Weber via photopin cc)