Esta es una noticia extraña, por cuanto lo normal en Colombia es que se viole impunemente el caracter laico del estado.
Por eso hay que reconocer que, sabia y adecuadamente, la Corte Constitucional protegió el laicismo establecido en la Constitución, al señalar que los servidores públicos no pueden meter sus creencias personales en sus actuaciones públicas:
La Corte Constitucional ordenó a las autoridades judiciales colombianas respetar “el principio de laicidad” y prohibió que con sus decisiones se promuevan determinadas religiones.
La orden del alto tribunal se produjo a raíz de una cita bíblica contenida en algunas providencias del Juzgado Trece Laboral del Circuito del Plan Piloto de Oralidad de Cali, que contienen la siguiente expresión: “Tratándose de la justicia, no favorecerás ni siquiera al pobre. Éxodo 23:3”.
La Corte Constitucional señaló que dicha cita es inadmisible en un documento suscrito por una autoridad pública e instó a dicho tribunal para que, en el futuro, se abstenga de incluir en sus providencias citas ajenas a los aspectos netamente judiciales.
Ojalá le dure la sensatez a la Corte y siga haciendo respetar los derechos de todos los no-cristianos.
(vía Lili: Here&Now)