El Congreso está tramitando una reforma a la Justicia que la volverá injusticia y privada. Los buenos para nada de los congresistas están aprobando un texto que los favorece y prácticamente los pone por encima de la ley, y para esto se compraron magistrados de las Altas Cortes. Toda una obra maestra del Congreso de una Banana Republic:
1) Así se blindan los congresistas
Varios artículos de la reforma mejoran significativamente la situación de los congresistas ante la Justicia. Algunos son de aplaudir porque introducen una doble instancia en su juzgamiento, un principio universal del derecho. Pero otros, son cuestionables.
Por ejemplo, los congresistas ya no serán detenidos preventivamente, como lo viene haciendo la Corte Suprema. No se repetirían escenas como la del senador Mario Uribe, quien intentó irse del país cuando supo que le abrieron una investigación y posteriormente fue encarcelado. En segundo lugar, quien quiera denunciar a un parlamentario deberá hacerlo personalmente. Eso puede llegar a intimidar a muchos. Y quiere decir que no se volvería a presentar el caso del testigo Pitirri, que fue clave para condenar al congresista Álvaro García por la masacre de Macayepo. Como si fuera poco, en tercer lugar, si las demandas por pérdida de la investidura contra los parlamentarios son “infundadas” o “temerarias” el demandante deberá asumir los costos del proceso. ¿Habrá alguien que corra el riesgo de tener que pagar por cumplir con el deber de denunciar? Si esta reforma hubiera estado vigente antes, el escándalo de la parapolítica tal vez nunca habría estallado.
Otro punto polémico es que se cambian las reglas para que un congresista pierda la investidura. Esta figura, que solo existe en Colombia, es vista entre la opinión como una forma de sanción efectiva. El articulado anuncia que habrá una nueva ley para decir cuándo y cómo se debe aplicar. Hoy solo existe como castigo la muerte política, y esa ley deberá incluir los principios de “proporcionalidad” y “gradualidad”, o sea que habrá distintas sanciones, por ejemplo, la suspensión del cargo. Y, como si fuera poco, a diferencia de lo que pasa hoy, que los congresistas pierden su investidura por violación de 20 causales de la ley quinta, como está planteada la reforma solo la perderían por las cuatro inhabilidades que trae la Carta Política. ¿Será una amnistía para cerca de 38 congresistas que tienen hoy procesos abiertos por pérdida de investidura? ?
2) La Sala Penal de la Corte, ¿herida de muerte?
Otra de las gabelas de la reforma es que crea la doble instancia en los procesos penales a los congresistas: se crea una sala en la Corte Suprema para que los investigue y otra para que los juzgue. Eso que en principio suena bien, porque es garantista, tiene efectos colaterales: acaba con la Comisión de Investigación de la Corte Suprema, que ha desempeñado un papel clave en la investigación de la parapolítica, y la Sala Penal, que fue la gran protagonista de esa cruzada judicial, no tendrá injerencia en los procesos contra congresistas. Los seis magistrados que integran la nueva sala de investigación serán elegidos por la Corte Constitucional de ternas enviadas por el presidente, el fiscal y el procurador. Eso quiere decir que ahora harán la investigación magistrados postulados por fuera de la Rama Judicial. “Es un golpe durísimo a la Sala Penal”, dijo el director de la ONG DeJusticia, Rodrigo Uprimny.
¿Qué pasará con las 100 investigaciones previas, las diez que están en instrucción, los cuatro congresistas presos y los ocho juicios pendientes en la Sala Penal?
3) Los magistrados mal parados
Tanto la Corte Suprema como el Consejo de Estado se mantuvieron durante más de un año reacios a aceptar la reforma a la Justicia. Incluso, expidieron comunicados para rechazarla. Sin embargo, todo comenzó a cambiar como por arte de magia cuando les ampliaron el periodo de ocho a 12 años y les quitaron todo lo que no querían de la reforma. Como el tema de tutela contra sentencias o el precedente jurisprudencial.
Y han hecho evidente su interés. Por ejemplo, Sigifredo Espinosa, de la Corte Suprema, mandó una curiosa carta de ‘renuncia’ el 12 de diciembre (ver facsímil) en la que decía que se vencía su periodo. “Lo anterior no significa que esté renunciando al cargo” y habla del proyecto de acto legislativo diciendo que “de llegar a aprobarse esa ampliación antes del vencimiento de mi periodo, continuaría ejerciendo el cargo”. O el caso de William Giraldo, a quien se le cumplió la edad de retiro forzoso en el Consejo de Estado. El magistrado interpuso una tutela y le fue concedida, entre otras cosas, aduciendo que se debe mantener “hasta que el Congreso expida la normatividad sobre la materia”. Llama la atención, por decir lo menos, que los magistrados se estén rigiendo por una reforma o ley que todavía no existe.
Paradójicamente, los magistrados que otrora criticaron que el presidente Álvaro Uribe cambiara la Constitución para quedarse cuatro años más -legislando por medio del Congreso en causa propia- ahora están siendo víctimas de su propio cuestionamiento.
4) Una perla en el quórum
Las dificultades de la reforma a la Justicia comenzaron desde antes de su llegada al Congreso. ¿La razón? Decenas de parlamentarios investigados no podían participar del debate. Para que pudieran aprobar la reforma, en 2011, el Congreso a toda velocidad aprobó el Acto Legislativo 01 que eliminó el conflicto de intereses cuando se discuten reformas a la Constitución. Este acto tiene varias demandas en la Corte Constitucional. Sin embargo, gracias a él los congresistas han aprobado la reforma a la Justicia sin tener que declararse impedidos.
Pero el problema está vivo. Como el Acto Legislativo 01 solo aplica para reformas a la Constitución, a la hora de votar las leyes que reglamentan la reforma a la Justicia los congresistas se podrían chocar con el mismo conflicto de intereses. Por eso, incluyeron un parágrafo transitorio que dice que “cuando exista conflicto de intereses” el quórum decisorio se conformará solo con los que no lo tengan. Crear una nueva manera de hacer quórum huele mal.
5) ¿Privatización de la Justicia o una idea genial?
En criterio del gobierno, uno de los artículos más importantes de la reforma es el que les da facultades de jueces a funcionarios administrativos, abogados y notarios, con el fin de descongestionar juzgados. Hay que tener en cuenta que la mitad de los procesos que llegan a la Justicia son civiles, es decir, pleitos por deudas, separaciones y pensiones, entre otros. Y el 70 por ciento de estos procesos son los llamados ejecutivos (para cobrar créditos) en los cuales el demandante es una institución financiera. Es decir, una buena tajada de la congestión de la Justicia corre por cuenta de litigios de los bancos. La idea es que particulares ayuden a resolver estos líos. A estos operadores ad hoc de la Justicia, que no tienen el respaldo de la Rama Judicial -como sí lo tienen los jueces- ni la formación de jueces se les va a pagar una tarifa que se cobrará a las partes.
Esta solución tiene el lado bueno de que, como dice el ministro Esguerra, ya se ha utilizado en otros países con éxito. Pero también tiene un lado menos bueno, según ha dicho el Observatorio Nacional Permanente de la Justicia, que congrega a todos los empleados de la Rama: es una especie de privatización de la Justicia. Hasta ahora los servicios de la Justicia para el ciudadano de a pie no tienen costo. En su criterio, los acreedores, principalmente las entidades financieras, podrán mover más fácilmente sus procesos, mientras que los de menor cuantía van a perder interés. Amanecerá y veremos.
Cada día me alegro más de no haber sido parte de ese circo que puso a estos impresentables bufones y cretinos en esos lucrativos puestos. Ya suficiente tengo con que roben de mis impuestos.
(dato: Pirituyo)